La octava sala de la corte de apelaciones en un fallo dividido rechazó el recurso de nulidad presentado por la fiscalía sur y el ministerio del interior; el cual buscaba anular la sentencia del cuarto tribunal oral en lo penal que el 15 de agosto condenó a luciano a libertad vigilada por delito de daños, infracción a la ley de control de armas y explosivos y uso de placa patente falsa. Siendo esto una sentencia favorable a Luciano ya que establecía la colocación de artefacto explosivo no como un delito terrorista, sino un delito presente en la LCA.
Saludamos a Luciano. Estamos felices de que no tenga nuevamente que entrar a las mazmorras.
El único terrorista es el Estado!
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